SERVICIO
Derecho de Extranjería
- Asesoría y Representación Legal.
- Seguros para extranjeros.
- Residencias excepcionales por Arraigo Social, Laboral, Familiar, No Lucrativa, Etc.
- Personal Cualificado.
- Nacionalidad Española por Residencia, Matrimonio, Por Opción, Por Presunción, Ley de Nietos, Etc.
- Reagrupación Familiar.
- Estancia por Estudios y Prórrogas de estancia.
- Tramitación de Solicitudes de Refugio Internacional y Asilo.
- Residencia y Trabajo por Cuenta Propia.
- Presentación de Recursos en la vía administrativa y judicial, Etc.
- Expulsiones y Denegaciones de Entrada.
- Obtención de Tarjeta Comunitaria.
- Homologación, Equivalencia y Convalidación de Títulos Extranjeros.
- Tramitación de solicitudes de Másteres, Estudios Técnicos y Superiores en España.
- Constitución de Empresas para Extranjeros.
- Otros Procedimientos Relacionados con Extranjería.
¿Qué derechos goza el extranjero en España y cuáles son sus deberes?
El artículo 13 de la Constitución Española garantiza el goce de las libertades públicas en los términos que establece la Constitución, la Ley y los Tratados Internacionales. Asimismo, gozará de casi los mismos derechos de los ciudadanos españoles.
Respecto de sus deberes, se respetará la normativa propia a todo ciudadano. Además a ello, el artículo 205 del RLOEX y 25 de la LOEX señala la obligación de conservar, en vigor, la documentación con la que el extranjero ingresó a España y que acredite su identidad, expedida por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia, así como la que acredite su situación en España. El deber de exhibición de dichos documentos cuando fueran requeridos por las autoridades españolas en el ejercicio de sus funciones. Dicho así, los extranjeros no podrán ser privados de su documentación, salvo en los supuestos y con los requisitos previstos por ley.